Los cambios se refieren a las funciones de los centros su estructura arquitectónica, accesibilidad, características técnicas y medios humanos y materiales necesarios para la prestación de los servicios. Con ellos se persigue una mayor calidad y seguridad en la atención.
En cuanto a las características técnicas y arquitectónicas de los edificios y espacios se señala que se ha de garantizar la accesibilidad de los usuarios. También, las habitaciones de residencias serán individuales al menos la mitad de cada centro. Además habrá una zona de enfermería y si se superan los 45 residentes una consulta médica. Estas características son obligatorias para las residencias de nueva construcción. Para los que están ahora en funcionamiento, se establece un periodo de adaptación.
Un aspecto importante es que, en cuanto a los trabajadores, se permite a las entidades titulares de la gestión elegir los perfiles profesionales según lo que consideren necesario para dar el servicio, en función de las características de las personas a las que se atiende. En cuanto a las ratios de atención directa, se incrementan bajando del 1/6 a 1/5.
Una novedad del decreto es que el centro puede prestar servicios de apoyo a la comunidad, como llevar comida a domicilio, lavar ropa u ofrecer fisioterapia o podología. Esto se hace para ayudar a que las personas mayores permanezcan en su entorno.
Los centros deberán estar acreditados por una entidad certificadora externa que mida la calidad de la atención.